Propietarios

¿Es Usted propietario de una vivienda en Madrid o Barcelona y le gusta rentabilizarla de la mejor manera posible? A continuación le explicamos brevemente los requisitos para incorporar su vivienda a nuestra base de datos y ofrecerla a nuestros clientes:

 

Clientes:

En general trabajamos con grandes empresas que necesitan alojar a directivos y a sus familias para estancias de 1 a 6 meses, si bien las necesidades de alojamiento pueden alargarse  de 1 a 5 años (alquiler convencional). Otros clientes son personal diplomático, profesionales de TV, cine y teatro; familias que hacen obras en casa y estudiantes de idiomas, de postgrados o de otros cursos.

 

Precios de alquiler:

Según la dimensión/calidad de la vivienda y la duración de la estancia los precios son variables, también depende si incluyen los gastos de los diferentes suministros o no.

 

Honorarios:

-        en alquiler temporal (hasta 11 meses), la comisión es un porcentaje del alquiler mensual. En este caso, nuestra comisión cubre la comercialización, recepción, cobro de alquileres, control del piso,  y salida, así como la atención al cliente a lo largo de su estancia.

-        En alquiler convencional (11 o más meses), cobramos al propietario un porcentaje sobre el alquiler anual a la formalización del contrato en concepto de intermediación de alquiler.

 

Garantías:

-        en alquiler temporal (hasta 11 meses), se establece una fianza (de entre 200 euros hasta 1 mensualidad) para cubrir los desperfectos del piso causados de forma negligente por el inquilino.

-        En alquiler convencional (11 o más meses), la propiedad podrá condicionar la aceptación del inquilino propuesto por el agente a que el mismo preste una fianza de hasta 2 mensualidades y/o un aval de hasta 3 mensualidades

 

Consumos:

-        en alquiler temporal, los precios incluyen acceso a Internet (servicio sine qua non) y gastos de agua+energía hasta un importe máximo (conjunto para agua y energía) de 150 euros/mes.

-        En alquiler convencional todos los gastos son aparte, salvo que no existan contadores individualizados o que se estipule otra cosa entre las partes.

 

 

Seguros:

Los riesgos sobre el inmueble –por encima del importe de la garantía que se solicita al inquilino- han de ser cubiertos por la propiedad. Es aconsejable una póliza de hogar especial para vivienda alquilada.

 

Si tiene cualquier pregunta o si quiere que incorporemos su vivienda a nuestra cartera, por favor póngase en contacto a través del teléfono o formulario de contacto.